¿Qué información debe entregarse al cliente cuando contrata un seguro junto a su crédito de consumo?

La entidad financiera debe entregar un desglose de la operación y cualquier seguro asociado a la misma.

Es fundamental saber los costos y detalles de los seguros contratados en cualquier crédito.

Debe entregarse una cotización escrita que debe contener como mínimo:

  • Monto y plazo del crédito
  • Vigencia de la cotización
  • Tasa de interés anual al momento de contratar el crédito de consumo
  • Periodicidad de las cuotas
  • Monto de cada cuota
  • Costo mensual de la prima de seguros
  • Nombre de la aseguradora que ofrece el seguro

En todo caso, el Banco tiene obligación de mantener actualizada la información en sus sitios Web con respecto a valores de prima, modalidad de pago y las condiciones que los rigen.

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Los créditos de consumo pueden pagarse parcial o totalmente de manera anticipada.

Las entidades financieras, además de ajustarse a las leyes correspondientes, poseen autonomía para establecer condiciones de otorgamiento de créditos.

Una vez firmados los documentos estableciendo la relación entre cliente y banco, la operación no puede deshacerse.

Depende de cada banco, por lo que las exigencias pueden variar entre ellos.

La persona que pide el crédito debe pagar varios gastos entre los que se cuentan impuestos y otros pagos asociados.

Son modalidades especiales que le permiten diferir el pago de las cuotas de un crédito.

El deudor puede tomar los seguros que desee.

Consejos o datos

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Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

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