Características
Comparación de las modalidades de pensión:
Características | Retiro Programado(RP) | Renta Vitalicia Inmediata (RVI) | Renta Temporal (RT) con RV Diferida (RVD) | Renta Vitalicia Inmediata (RVI) con Retiro Programado (RP) |
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Administración | AFP | Cía. de Seguros de vida (CSV) | RT: AFP RVD: CSV |
RP: AFP RVI: CSV |
Posibilidad cambio de modalidad | Siempre | No | Sólo anticipar RVD | RVI: No RP: Sí |
Propiedad de los fondos | Afiliado | CVS | RT: Afiliado RVD:CSV |
RP: Afiliado RVI: CSV |
Monto pensión | Variable | Constante | RT: Variable RVD: Constante |
RP: Variable RVI: Constante |
Beneficios solidarios | Sí | Sí | Sí | Sí |
Herencia | Sí | No | RT: Sí RVD: No |
RP: Sí RVI: No |
Cobertura riesgo de reinversión y longevidad | No | Sí | RT: No RVD: Sí |
RP: No RVI: Sí |
Condiciones especiales de cobertura en Rentas Vitalicias:
- Cláusula de renta vitalicia con período garantizado de pago
Esta cláusula puede ser contratada en pensiones de vejez, invalidez o sobrevivencia, junto a una renta vitalicia inmediata o diferida.
En pensiones de vejez e invalidez, si se contrata este adicional y el causante de la pensión fallece antes del término del período garantizado, las pensiones de sus beneficiarios legales se incrementarán hasta que en conjunto sean igual a la renta que recibía el asegurado garantizado, guardando entre ellas la proporción utilizada en su cálculo original. Al término del período garantizado, las pensiones de sobrevivencia se reducirán al porcentaje legal que corresponda.
Se debe señalar por cuántos meses se garantizará el monto total de la pensión para los beneficiarios.
En pensiones de sobrevivencia, si se contrata este adicional y fallece alguno de los asegurados garantizados antes del término del período garantizado, se continuará pagando el monto de la pensión de éste, distribuida entre los demás beneficiarios legales en la forma estipulada en el contrato, hasta el fin del período garantizado. Después se reducirán a los porcentajes legales.
En caso que fallezca el último beneficiario legal, el pago de las rentas mensuales garantizadas no percibidas se hará a los beneficiarios que se designen en el contrato.
Se debe señalar la pensión de quién o quiénes se garantizará y por cuántos meses. Sólo se puede garantizar la pensión de beneficiarios legales vitalicios.
- Cláusula adicional de aumento de porcentaje de pensión de sobrevivencia
Esta cláusula puede ser contratada sólo en pensiones de vejez o invalidez, junto a una renta vitalicia inmediata o diferida. También puede contratarse en conjunto con la cláusula adicional de período garantizado de pago.
Si usted contrata este adicional y fallece, las eventuales pensiones de sobrevivencia que se paguen a los beneficiarios corresponderán a un porcentaje superior al legal.
Usted debe señalar el porcentaje de aumento de pensión. En base a ese porcentaje, se calcularán las pensiones de sobrevivencia de todos los beneficiarios para que mantengan entre ellos las proporciones que establece la Ley.
- Cláusula adicional de aumento temporal de pensión
Esta cláusula puede ser contratada en pensiones de vejez o invalidez y sólo en renta vitalicia inmediata. También puede contratarse en conjunto con la cláusula de renta vitalicia con período garantizado de pago.
Si usted contrata este adicional recibirá, por un periodo temporal, una pensión fija mensual mayor a la pensión fija vitalicia contratada.
Si fallece, las eventuales pensiones de sobrevivencia que se paguen a los beneficiarios se calcularán en base a la renta fija mensual que le correspondía percibir, ya sea la aumentada, o pasado el período temporal, la vitalicia.
Usted debe elegir el número de meses y el porcentaje de aumento respecto de la renta vitalicia contratada.
Importante
La contratación de cláusulas adicionales tiene un costo. Para evaluarlo, se deben comparar las ofertas del mismo tipo de renta vitalicia con cláusula(s) y sin cláusula(s).
Usted puede leer las condiciones generales de estas cláusulas en el sitio web de la CMF, en la sección Depósito de Pólizas.
Precauciones y advertencias
Al contratar una renta vitalicia es importante considerar que el contrato es irrevocable, por lo que previo a dar la conformidad a las condiciones ofrecidas por la Compañía de Seguros es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Lea detenidamente el Certificado de Ofertas de SCOMP, asegurándose de comprender cada una de las ofertas recibidas y que ellas se ajusten al requerimiento efectuado al solicitarse la consulta respectiva, requiriéndose, en su caso, toda la información que estime necesaria al efecto. Lo anterior aplica también a las ofertas externas que realicen las compañías de seguros.
- Verifique que los datos contenidos en la Solicitud de Ofertas estén correctos y que se ajuste a lo solicitado.
- Incorpore en la declaración de beneficiarios que suscriba en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a todos los beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia. El no hacerlo lo expone a cometer un delito, además de perjudicar la futura pensión de los beneficiarios legales.
- Tenga en cuenta la Clasificación de Riesgo de la compañía de seguros de vida que ofrece la renta vitalicia previsional.
- Compruebe que los agentes de venta de renta vitalicia o asesor previsional, en caso de corresponder, se encuentren inscritos en los registros de la CMF o Superintendencia de Pensiones, respectivamente.
- No trate con personas no autorizadas para intervenir en la comercialización de rentas vitalicias y denuncie en caso de detectar alguna irregularidad.
- Tenga presente que las compañías de seguros pagan una comisión a los asesores previsionales o entidades de asesoría previsional por su labor de asesoría, quienes deben actuar en forma independiente con distintas compañías, y en algunos casos a sus agentes de ventas, quienes sólo pueden actuar para una compañía de seguros para la cual trabajan.
- Evite influencias o presiones al momento de elegir la modalidad de pensión, recordando que la decisión de pensionarse con la modalidad de rentas vitalicias es irrevocable.
- Recuerde que el ofrecimiento de cualquier incentivo o beneficio por parte de la compañía de seguros, asesor previsional o agente de rentas vitalicias está prohibido. No acepte ofrecimientos en este sentido y denúncielo cuando ocurran.
- Revise el Formulario de Aceptación de la Oferta antes de firmarlo. En caso de dudas absténgase de firmar.
- La vigencia del seguro de renta vitalicia previsional se inicia una vez traspasados los fondos de la AFP a la compañía de seguros de vida seleccionada. La renta vitalicia termina cuando fallece el asegurado o el último de los beneficiarios. Con esto la póliza de seguro termina, cesando la responsabilidad de la compañía de seguros.
Consejos o datos
Las Rentas Vitalicias son un tipo de seguro administrado por Compañías de Seguros de Vida, que son una alternativa al Retiro Programado, que es una modalidad de Pensión administrado por las AFPs. Infórmese sobre las características de este seguro.